El permiso de residencia conocido como Golden Visa genera algunas dudas relativas a su obtención y alcance. Estas son las preguntas más frecuentes a las que hemos respondido desde Busquets Gálvez desde su entrada en vigor.
¿Qué es la Golden Visa?
Es un nuevo tipo de visado de residencia, que se regula en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Permite acceder a la residencia temporal en España a aquellas personas que inviertan en propiedades o realicen inversiones significativas en territorio español.
¿Para quien está pensada la Golden Visa?:
La Golden Visa se dirige a ciudadanos extracomunitarios que desean obtener la autorización de el permiso de residencia en España.
No es aplicable a los ciudadanos de la Unión Europea ya que estos disfrutan del derecho de libre circulación y residencia dentro de la UE.
¿Por cuánto tiempo obtengo el derecho de residencia en España?
Inicialmente, si se cumplen todos los requisitos legales, se podrá obtener un visado de residencia para inversores por un periodo de 1 año y posteriormente la autorización de residencia por un plazo de 2 años.
Una vez se cumpla dicho plazo los inversores que estén interesados en residir en España por un plazo superior podrán solicitar la renovación de la autorización por periodos sucesivos de 5 años, siempre y cuando la inversión se mantenga durante este plazo y se sigan cumpliendo los demás requisitos que marca la Ley.
¿Debo permanecer en España durante un tiempo determinado?
La autorización de residencia permite residir y trabajar en España y es válida en todo el territorio nacional.
La obtención no exige residencia efectiva en España, entendiéndose como tal a aquella superior a 183 días. Únicamente se exige visitar España una vez durante el periodo de residencia.
¿Se extiende el derecho de residencia a mis familiares?
Sí. La persona que obtenga autorización de residencia podrá extender este derecho a sus familiares directos, es decir, al cónyuge o pareja de hecho, a los hijos menores o a los hijos mayores y ascendientes que dependan económicamente de la persona que solicita el visado.
¿Cuál es la inversión mínima en inmuebles que debo realizar para obtener la Golden Visa?
El valor de la inversión a realizar ha de ser igual o superior a 500.000 € por cada solicitante en el caso de los inmuebles.
¿Debo invertir en una vivienda o puedo invertir en otro tipo de inmuebles?
La Ley establece que la inversión puede realizarse en bienes inmuebles en general, por lo que la inversión podrá realizarse también en inmuebles que no estén destinados a vivienda, como un local comercial o una oficina.
¿Puedo realizar la inversión conjuntamente con otra persona?
Sí. La Ley permite que la inversión se lleve a cabo mediante la adquisición de un inmueble en copropiedad. Sin embargo la inversión mínima que debe realizarse por cada persona que desee obtener la residencia es de 500.000€.
¿Si compro el inmueble con mi cónyuge y estamos en régimen de gananciales o similar quien se considera que ha realizado la inversión?
Si la inversión no alcanza los 500.000€ por cada cónyuge se considerará que solo uno de los cónyuges ha realizado la inversión, a efectos de obtener el visado. No obstante, el otro cónyuge podrá obtener el visado de residencia por el hecho de ser familiar directo.
¿Puedo adquirir el inmueble mediante un préstamo hipotecario?
Uno de los requisitos que marca la Ley para la obtención del permiso de residencia es que la inversión de 500.000€ esté libre de cargas y gravámenes. No obstante puede constituirse una hipoteca u otro gravamen por la parte del precio que supere los 500.000€.
¿Puedo solicitar el visado si todavía no he adquirido el inmueble?
Sí, pero en este caso debe acreditarse que se ha firmado un contrato de arras o similar que garantice el cumplimiento de la compra del inmueble y que se dispone de la cantidad necesaria para la compra, incluidos impuestos y cargas. En este supuesto la autorización de residencia será de 6 meses hasta que se acredite la compra del inmueble.
¿Existe la posibilidad de realizar la inversión a través de una empresa?
En efecto, la Ley admite que la inversión se haga a través de una persona jurídica domiciliada en un territorio que no tenga la consideración de paraíso fiscal.
En este caso la persona que se propone obtener el permiso de residencia debe tener la mayoría de los derechos de voto y la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
¿Existen otros requisitos para obtener el visado?
Si, deben cumplirse todos los requisitos generales que se contienen en la Ley 14/2013 y en especial:
a) no encontrarse irregularmente en territorio español.
b) Ser mayor de 18 años.
c) Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
d) No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
e) Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
f) Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
g) Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado
¿Que trámites debo seguir para obtener el visado?
Los visados se tramitan a través de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de España en los países de origen.
Es recomendable antes de iniciar cualquier trámite contar con el asesoramiento de un abogado especialista en derecho de extranjería el cual le informará de todos los pormenores de la Ley y del procedimiento que debe seguir.
También le recomendamos visitar la web del Ministerio de asuntos Exteriores del gobierno de España para informarse del procedimiento a seguir:
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